Microempresas: compensación de contribuciones patronales con el impuesto sobre débitos y créditos
El Poder Ejecutivo Nacional, a través del Decreto N.º 394/2023 publicado este lunes en el Boletín Oficial, estableció que las microempresas podrán computarse hasta el 30% del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias efectivamente ingresado a partir del 31 de julio de 2023.
El cómputo se podrá realizar como pago a cuenta con un tope del 15% de las contribuciones patronales al SIPA, correspondientes a remuneraciones devengadas entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de diciembre de 2024.
Asimismo, tanto el 70% restante como la parte no computada del 30%, podrán utilizarse como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias, tal como establece la ley 27.264.
La medida busca brindarles a las microempresas herramientas que les permitan afianzar su crecimiento para que continúen contribuyendo al cambio de la estructura productiva de nuestro país con más empleo y más exportaciones.
Para ver si su empresa entra como MicroPyme, chequear esta página: https://www.argentina.gob.ar/produccion/registrar-una-pyme/que-es-una-pyme
De ser así, pasarnos el detalle a los analistas de sueldos de los imp. Déb/créd desde ago23. Aun no sabemos cómo lo va a implementar la AFIP, para poder cargarlos en los libros ley de AFIP, pero generar ese circuito con tiempo para llegar bien para la liquidación de agosto. Gracias,
Saludos cordiales,
Equipo PM
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