01/01/2011
INFORMACION EN CABEZAL
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Asignación por Embarazo para Protección Social.
Se determinan los requisitos que permiten la implementación de la Asignación por Embarazo para Protección Social.
En tal sentido, se establecen la forma y los plazos dentro de los cuales las obligaciones impuestas deben ser cumplidas, así como las consecuencias derivadas de su inobservancia.
Asimismo, se precisa que la citada asignación se abonará a partir del 1 de mayo de 2011, sin generar derecho a retroactividad alguna por los meses de gestación previos a dicha fecha; el pago se abonará a las titulares en forma mensual a través del sistema de pagos de la ANSeS en las oportunidades y con las modalidades que surjan del cronograma que oportunamente se aprueben.