01/01/2011
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N/C: No corresponde
Notas:
(1:) Este tope no resulta de aplicación para el caso del contrato a tiempo parcial (art. 92 ter, LCT)
(2:) Tope máximo dispuesto por R. (ANSeS) 130/2010
(3:) Conforme el D. 330/2010, se establece que el monto del haber mínimo para el cálculo de aportes y contribuciones previstos en el Régimen de Obras Sociales será equivalente a dos bases mínimas previstas por la legislación vigente. Sin embargo, y según lo dispuesto en el art. 92 ter de la LCT, en caso de jornada parcial, los aportes y contribuciones a obra social serán los que correspondan a un trabajador a tiempo completo
" />CONCEPTO | TOPE MÍNIMO | TOPE MÁXIMO | ||
Aportes del trabajador | Contribuciones patronales | Aportes del trabajador | Contribuciones patronales | |
Jubilación | $ 311,36 | $ 311,36 | $ 10.119,08 | Sin límite |
INSSJP | $ 311,36 | $ 311,36 | $ 10.119,08(2) | Sin límite |
Asignaciones familiares L. 24714 | N/C | $ 311,36 | N/C | Sin límite |
Fondo Nacional de Empleo L. 24714 | N/C | $ 311,36 | N/C | Sin límite |
Obra social | (3) | (3) | $ 10.119,08(2) | Sin límite |
ANSSAL L. 23660 | (3) | (3) | $ 10.119,08(2) | Sin límite |
Riesgos del trabajo | N/C | $ 311,36 | N/C | $ 10.119,08(2) |
N/C: No corresponde
Notas:
(1:) Este tope no resulta de aplicación para el caso del contrato a tiempo parcial (art. 92 ter, LCT)
(2:) Tope máximo dispuesto por R. (ANSeS) 130/2010
(3:) Conforme el D. 330/2010, se establece que el monto del haber mínimo para el cálculo de aportes y contribuciones previstos en el Régimen de Obras Sociales será equivalente a dos bases mínimas previstas por la legislación vigente. Sin embargo, y según lo dispuesto en el art. 92 ter de la LCT, en caso de jornada parcial, los aportes y contribuciones a obra social serán los que correspondan a un trabajador a tiempo completo
" />CONCEPTO | TOPE MÍNIMO | TOPE MÁXIMO | ||
Aportes del trabajador | Contribuciones patronales | Aportes del trabajador | Contribuciones patronales | |
Jubilación | $ 311,36 | $ 311,36 | $ 10.119,08 | Sin límite |
INSSJP | $ 311,36 | $ 311,36 | $ 10.119,08(2) | Sin límite |
Asignaciones familiares L. 24714 | N/C | $ 311,36 | N/C | Sin límite |
Fondo Nacional de Empleo L. 24714 | N/C | $ 311,36 | N/C | Sin límite |
Obra social | (3) | (3) | $ 10.119,08(2) | Sin límite |
ANSSAL L. 23660 | (3) | (3) | $ 10.119,08(2) | Sin límite |
Riesgos del trabajo | N/C | $ 311,36 | N/C | $ 10.119,08(2) |
N/C: No corresponde
Notas:
(1:) Este tope no resulta de aplicación para el caso del contrato a tiempo parcial (art. 92 ter, LCT)
(2:) Tope máximo dispuesto por R. (ANSeS) 130/2010
(3:) Conforme el D. 330/2010, se establece que el monto del haber mínimo para el cálculo de aportes y contribuciones previstos en el Régimen de Obras Sociales será equivalente a dos bases mínimas previstas por la legislación vigente. Sin embargo, y según lo dispuesto en el art. 92 ter de la LCT, en caso de jornada parcial, los aportes y contribuciones a obra social serán los que correspondan a un trabajador a tiempo completo
" />CONCEPTO | TOPE MÍNIMO | TOPE MÁXIMO | ||
Aportes del trabajador | Contribuciones patronales | Aportes del trabajador | Contribuciones patronales | |
Jubilación | $ 311,36 | $ 311,36 | $ 10.119,08 | Sin límite |
INSSJP | $ 311,36 | $ 311,36 | $ 10.119,08(2) | Sin límite |
Asignaciones familiares L. 24714 | N/C | $ 311,36 | N/C | Sin límite |
Fondo Nacional de Empleo L. 24714 | N/C | $ 311,36 | N/C | Sin límite |
Obra social | (3) | (3) | $ 10.119,08(2) | Sin límite |
ANSSAL L. 23660 | (3) | (3) | $ 10.119,08(2) | Sin límite |
Riesgos del trabajo | N/C | $ 311,36 | N/C | $ 10.119,08(2) |
N/C: No corresponde
Notas:
(1:) Este tope no resulta de aplicación para el caso del contrato a tiempo parcial (art. 92 ter, LCT)
(2:) Tope máximo dispuesto por R. (ANSeS) 130/2010
(3:) Conforme el D. 330/2010, se establece que el monto del haber mínimo para el cálculo de aportes y contribuciones previstos en el Régimen de Obras Sociales será equivalente a dos bases mínimas previstas por la legislación vigente. Sin embargo, y según lo dispuesto en el art. 92 ter de la LCT, en caso de jornada parcial, los aportes y contribuciones a obra social serán los que correspondan a un trabajador a tiempo completo
" />CONCEPTO | TOPE MÍNIMO | TOPE MÁXIMO | ||
Aportes del trabajador | Contribuciones patronales | Aportes del trabajador | Contribuciones patronales | |
Jubilación | $ 311,36 | $ 311,36 | $ 10.119,08 | Sin límite |
INSSJP | $ 311,36 | $ 311,36 | $ 10.119,08(2) | Sin límite |
Asignaciones familiares L. 24714 | N/C | $ 311,36 | N/C | Sin límite |
Fondo Nacional de Empleo L. 24714 | N/C | $ 311,36 | N/C | Sin límite |
Obra social | (3) | (3) | $ 10.119,08(2) | Sin límite |
ANSSAL L. 23660 | (3) | (3) | $ 10.119,08(2) | Sin límite |
Riesgos del trabajo | N/C | $ 311,36 | N/C | $ 10.119,08(2) |
N/C: No corresponde
Notas:
(1:) Este tope no resulta de aplicación para el caso del contrato a tiempo parcial (art. 92 ter, LCT)
(2:) Tope máximo dispuesto por R. (ANSeS) 130/2010
(3:) Conforme el D. 330/2010, se establece que el monto del haber mínimo para el cálculo de aportes y contribuciones previstos en el Régimen de Obras Sociales será equivalente a dos bases mínimas previstas por la legislación vigente. Sin embargo, y según lo dispuesto en el art. 92 ter de la LCT, en caso de jornada parcial, los aportes y contribuciones a obra social serán los que correspondan a un trabajador a tiempo completo
" />CONCEPTO | TOPE MÍNIMO | TOPE MÁXIMO | ||
Aportes del trabajador | Contribuciones patronales | Aportes del trabajador | Contribuciones patronales | |
Jubilación | $ 311,36 | $ 311,36 | $ 10.119,08 | Sin límite |
INSSJP | $ 311,36 | $ 311,36 | $ 10.119,08(2) | Sin límite |
Asignaciones familiares L. 24714 | N/C | $ 311,36 | N/C | Sin límite |
Fondo Nacional de Empleo L. 24714 | N/C | $ 311,36 | N/C | Sin límite |
Obra social | (3) | (3) | $ 10.119,08(2) | Sin límite |
ANSSAL L. 23660 | (3) | (3) | $ 10.119,08(2) | Sin límite |
Riesgos del trabajo | N/C | $ 311,36 | N/C | $ 10.119,08(2) |
N/C: No corresponde
Notas:
(1:) Este tope no resulta de aplicación para el caso del contrato a tiempo parcial (art. 92 ter, LCT)
(2:) Tope máximo dispuesto por R. (ANSeS) 130/2010
(3:) Conforme el D. 330/2010, se establece que el monto del haber mínimo para el cálculo de aportes y contribuciones previstos en el Régimen de Obras Sociales será equivalente a dos bases mínimas previstas por la legislación vigente. Sin embargo, y según lo dispuesto en el art. 92 ter de la LCT, en caso de jornada parcial, los aportes y contribuciones a obra social serán los que correspondan a un trabajador a tiempo completo
" />CONCEPTOTOPE MÍNIMOTOPE MÁXIMOAportes del trabajadorContribuciones patronalesAportes del trabajadorContribuciones patronalesJubilaciónL. 24241$ 311,36(1)$ 311,36(1)$ 10.119,08(2)Sin límiteINSSJPL. 19032$ 311,36(1)$ 311,36(1)$ 10.119,08(2)Sin límiteAsignaciones familiaresL. 24714N/C$ 311,36(1)N/CSin límiteFondo Nacional de EmpleoL. 24714N/C$ 311,36(1)N/CSin límiteObra socialL. 23660(3)(3)$ 10.119,08(2)Sin límiteANSSALL. 23660(3)(3)$ 10.119,08(2)Sin límiteRiesgos del trabajoL. 24557N/C$ 311,36 N/C$ 10.119,08(2) N/C: No corresponde Notas: (1:) Este tope no resulta de aplicación para el caso del contrato a tiempo parcial (art. 92 ter, LCT) (2:) Tope máximo dispuesto por R. (ANSeS) 130/2010 (3:) Conforme el D. 330/2010, se establece que el monto del haber mínimo para el cálculo de aportes y contribuciones previstos en el Régimen de Obras Sociales será equivalente a dos bases mínimas previstas por la legislación vigente. Sin embargo, y según lo dispuesto en el art. 92 ter de la LCT, en caso de jornada parcial, los aportes y contribuciones a obra social serán los que correspondan a un trabajador a tiempo completo
DESCRIPCI?N: | Agenda Laboral |
SECCI?N: | Trabajo y Previsión Social |
DETALLE: | Jubilaciones y Pensiones. Régimen actual. Topes a la Base Imponible. TOPES A LA BASE IMPONIBLE DESDE EL 1/3/2010 |
Ver cuadro a continuación: