01/01/2011
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Las partes representativas de la actividad regulada por el convenio colectivo de trabajo 547/2008 han firmado dos acuerdos por el cual arribaron a un nuevo incremento salarial.
Por un lado se dispone un incremento equivalente al 30% a abonarse en forma escalonada y no acumulativa, según el siguiente cronograma:
Asimismo, se establecen características especiales para la aplicación del citado incremento salarial que contemplan la particular situación que atraviesan ciertas zonas turísticas del sur del país afectadas por la erupción del volcán Puyehue.
Los citados acuerdos han sido presentados al Ministerio de Trabajo, encontrándose, a la fecha, pendiente de homologación.