01/01/2011
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En virtud de ello, se modifica la base de cálculo utilizada para el pago de la contribución patronal con destino al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológico para el Comercio (INACAP), en los términos del artículo 102 del convenio colectivo de trabajo 130/1975.
En tal sentido, la mencionada contribución consiste en el pago mensual por cada trabajador de un importe equivalente al 0,5% del salario inicial de la categoría ??Maestranza A?, cuyo valor a partir de abril 2009 es de $ 1.652,38, lo que arroja como resultado una contribución de $ 8,26 por cada trabajador alcanzado por convenio colectivo de trabajo 130/1975.
Por último, recordamos que el vencimiento de la presente contribución opera el 15 del mes siguiente y se deberá ingresará a través de las boletas de pago que se encuentran disponibles en la página web del Instituto (www.institutocap.org.ar) y cuyo pago se podrá realizar en los siguientes lugares: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Provincia de Buenos Aires, Pago Fácil (todos ellos en efectivo o cheque) y red Bapropagos (sólo efectivo).
Si se desea obtener mayor información comunicarse al INACAP a través de la mesa de ayuda y consultas: 0810-122-4622. " />
En virtud de ello, se modifica la base de cálculo utilizada para el pago de la contribución patronal con destino al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológico para el Comercio (INACAP), en los términos del artículo 102 del convenio colectivo de trabajo 130/1975.
En tal sentido, la mencionada contribución consiste en el pago mensual por cada trabajador de un importe equivalente al 0,5% del salario inicial de la categoría ??Maestranza A?, cuyo valor a partir de abril 2009 es de $ 1.652,38, lo que arroja como resultado una contribución de $ 8,26 por cada trabajador alcanzado por convenio colectivo de trabajo 130/1975.
Por último, recordamos que el vencimiento de la presente contribución opera el 15 del mes siguiente y se deberá ingresará a través de las boletas de pago que se encuentran disponibles en la página web del Instituto (www.institutocap.org.ar) y cuyo pago se podrá realizar en los siguientes lugares: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Provincia de Buenos Aires, Pago Fácil (todos ellos en efectivo o cheque) y red Bapropagos (sólo efectivo).
Si se desea obtener mayor información comunicarse al INACAP a través de la mesa de ayuda y consultas: 0810-122-4622. " />
En virtud de ello, se modifica la base de cálculo utilizada para el pago de la contribución patronal con destino al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológico para el Comercio (INACAP), en los términos del artículo 102 del convenio colectivo de trabajo 130/1975.
En tal sentido, la mencionada contribución consiste en el pago mensual por cada trabajador de un importe equivalente al 0,5% del salario inicial de la categoría ??Maestranza A?, cuyo valor a partir de abril 2009 es de $ 1.652,38, lo que arroja como resultado una contribución de $ 8,26 por cada trabajador alcanzado por convenio colectivo de trabajo 130/1975.
Por último, recordamos que el vencimiento de la presente contribución opera el 15 del mes siguiente y se deberá ingresará a través de las boletas de pago que se encuentran disponibles en la página web del Instituto (www.institutocap.org.ar) y cuyo pago se podrá realizar en los siguientes lugares: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Provincia de Buenos Aires, Pago Fácil (todos ellos en efectivo o cheque) y red Bapropagos (sólo efectivo).
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En tal sentido, la mencionada contribución consiste en el pago mensual por cada trabajador de un importe equivalente al 0,5% del salario inicial de la categoría ??Maestranza A?, cuyo valor a partir de abril 2009 es de $ 1.652,38, lo que arroja como resultado una contribución de $ 8,26 por cada trabajador alcanzado por convenio colectivo de trabajo 130/1975.
Por último, recordamos que el vencimiento de la presente contribución opera el 15 del mes siguiente y se deberá ingresará a través de las boletas de pago que se encuentran disponibles en la página web del Instituto (www.institutocap.org.ar) y cuyo pago se podrá realizar en los siguientes lugares: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Provincia de Buenos Aires, Pago Fácil (todos ellos en efectivo o cheque) y red Bapropagos (sólo efectivo).
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En tal sentido, la mencionada contribución consiste en el pago mensual por cada trabajador de un importe equivalente al 0,5% del salario inicial de la categoría ??Maestranza A?, cuyo valor a partir de abril 2009 es de $ 1.652,38, lo que arroja como resultado una contribución de $ 8,26 por cada trabajador alcanzado por convenio colectivo de trabajo 130/1975.
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En tal sentido, la mencionada contribución consiste en el pago mensual por cada trabajador de un importe equivalente al 0,5% del salario inicial de la categoría ??Maestranza A?, cuyo valor a partir de abril 2009 es de $ 1.652,38, lo que arroja como resultado una contribución de $ 8,26 por cada trabajador alcanzado por convenio colectivo de trabajo 130/1975.
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EMPLEADOS DE COMERCIO, CONVENIO COLECTIVO DE VIDA OBLIGATORIO 130/1975. PASAJE DE SUMAS NO REMUNERATIVAS A REMUNERATIVAS A PARTIR DEL MES DE ABRIL 2009. CONTRIBUCI?N AL INACAP. INCREMENTO
Recordamos que a partir del mes devengado abril 2009, la totalidad de los incrementos no remunerativos dispuestos por el acuerdo de partes de fecha 8/4/2008 y homologado por la resolución (ST) 510/2008, tendrá carácter salarial remunerativo, sobre su monto nominal y sin computar para ese único fin, la equivalencia del presentismo no remunerativo mencionado en el artículo primero, párrafo final.