01/01/2011
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DISMINUCI?N DE CONTRIBUCIONES PATRONALES. LEY 25250. USO EXTEMPORÁNEO POR PARTE DE LOS EMPLEADORES. AFIP. APLICACI?N DE MULTAS
La AFIP informa que ha detectado infracciones de empleadores por no ingresar las contribuciones patronales destinadas al Sistema de Seguridad Social amparándose indebidamente en el régimen de reducción previsto por la ley de reforma laboral (L. 25250).
En tal sentido, la AFIP verificó que los empleadores seguían declarando nuevas incorporaciones de trabajadores con contribución reducida cuando no correspondía la aplicación del beneficio de acuerdo a su fecha de ingreso, es por ello que, a instancias del organismo de contralor, se incorporó a la ley de promoción del trabajo registrado y prevención del fraude laboral una disposición que impide hacer uso retroactivo de las mencionadas facilidades (art. 29, L. 26940).
Recordamos que el beneficio de la ley 25250 implica una reducción en las contribuciones patronales entre el 33% y 50% y tuvo como destino a los empleadores que, durante la vigencia de la citada ley, incorporaron trabajadores mediante contratos de trabajo por tiempo indeterminado, siempre que se verificara un incremento neto sobre su nómina.
Si bien la ley 25250 fue derogada, actualmente se mantiene el beneficio para aquellos trabajadores que fueron dados de alta durante su vigencia.