01/01/2011
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Facilidades de pago para la cadena de producción de peras y manzanas de las Provincias del Neuquén, Río Negro y La Pampa
Por medio del decreto 1125/2017, el Poder Ejecutivo Nacional estableció el marco para que los integrantes de la cadena de producción de peras y manzanas de la Provincia del Neuquén accedieran a los regímenes especiales de prórroga para el pago de las obligaciones impositivas y de la seguridad social.
En este orden, y a través de la presente, la AFIP establece los requisitos y formalidades que deberán cumplir los interesados en acceder a dichos regímenes especiales de pago. Entre las principales características, destacamos las siguientes:
- Se podrán cancelar deudas impositivas y las correspondientes a aportes y contribuciones de la seguridad social, al régimen de trabajadores autónomos y al régimen simplificado para pequeños contribuyentes, incluso cuando se trate de deudas en discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial.
- Quedan excluidas, entre otras, las retenciones y percepciones impositivas y de los recursos de la seguridad social.
- Los actores de la cadena productiva de producción de peras y manzanas alcanzados por el presente régimen son los productores, empacadores, frigoríficos, comercializadores e industrializadores, conforme a las actividades que tengan declaradas en el sistema registral.
- Se prevén cuatro tipos de planes diferentes, dos generales y dos especiales, sobre la base de los ingresos brutos totales y en virtud del vencimiento original de las obligaciones a incluir, y se podrán cancelar en hasta 60 o 90 cuotas, según el tipo de plan de que se trate.
- La deuda a consolidar resultará de la consignada en el Sistema Único de Deuda (SUD) y/o de la ingresada por el contribuyente.
- Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, no podrán ser inferiores a $ 1.000 y vencerán el día 16 de cada mes, a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se formalice la adhesión al plan a través de débito directo. En caso de no poder efectivizar el cobro en esa fecha, se realizará un segundo intento de débito directo el día 26 del mismo mes.
- Para acogerse a los planes de facilidades de pago se deberá tener domicilio fiscal electrónico, informar teléfono y dirección de correo electrónico a través del sistema registral, tener presentadas las declaraciones juradas determinativas de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social a regularizar, y declarar la CBU de la cuenta corriente o caja de ahorro de la cual se debitarán las cuotas del plan.
- La adhesión se realizará a través del sistema denominado “Mis Facilidades”, en la opción “RG 4260 Plan Emergencia Económica para la Cadena de Producción de Peras y Manzanas”. Allí se podrá convalidar, modificar, incorporar y/o eliminar las obligaciones a regularizar, y luego se deberá seleccionar el plan de facilidades, la CBU a utilizar, consolidar la deuda y remitir el plan a la AFIP.
Por último, señalamos que se podrá adherir a los planes especiales a partir del 7/6/2018 y a los planes generales, a partir del 15/6/2018.
Fuente: Errepar