01/01/2011
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Ganancias de personas físicas.
Nuevo incremento de deducciones personales a computar en los anticipos correspondientes al período fiscal 2011.
La Administración Federal de Ingresos Públicos adecua la normativa vigente incrementando nuevamente en un 20% los montos de deducciones personales a computar para el cálculo de los anticipos del impuesto a las ganancias correspondientes al período fiscal 2011. En tal sentido, se establece un nuevo modelo para efectuar el cálculo de los anticipos con estos nuevos valores de deducciones personales.
En otro orden, señalamos que por efecto de estas nuevas disposiciones que sustituyen el Anexo I -dispuesto por la RG (AFIP) 3061-, en principio, se estaría modificando la confección de los papeles de trabajo en la liquidación pro-forma del impuesto a las ganancias por el período fiscal 2010. Creemos entender que esta última modificación se trata de un efecto no deseado de la presente norma que implicaría modificar el impuesto a las ganancias a ingresar por el período fiscal 2010. Esto, además, crearía una situación de desigualdad para los empleados en relación de dependencia. Creemos necesaria una urgente aclaración al respecto por parte del Fisco para evitar erróneas interpretaciones.