01/01/2011
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en cuanto a la contribución pactada en la cláusula sexta de los Acuerdos referenciados en el párrafo anterior, se conviene prorrogar el valor vigente a diciembre de 2008 hasta junio de 2009.
Estatutos, Convenios y Escalas. Petroleros Privados. Perforación - CEPH y CEOPE. Chubut, CCT 396/2004. Acuerdo de recomposición salarial. Homologación.
Se declara homologado el Acuerdo y escalas salariales pactadas entre el Sindicato del Petróleo y Gas Privado del Chubut, la Cámara de Exploración y Producción de Hidrocarburos (CEPH), y la Cámara de Empresas de Operaciones Petroleras Especiales (CEOPE).
Bajo el presente Acuerdo, se conviene que las condiciones acordadas en las cláusulas primera, segunda, tercera, cuarta y quinta de los Acuerdos suscriptos en fechas 3 y 21 de octubre de 2008, homologados mediante resolución (ST) 1564/2008, vigentes a diciembre de 2008, se mantendrán subsistentes hasta que entre en vigencia una nueva convención.
Asimismo,