01/01/2011
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Régimen de jornada de trabajo. Horas extras. Directores y gerentes. Excepción
Se sustituye el inciso a) del artículo 3 de la ley de jornada de trabajo (L. 11544, BO: 26/10/1946).
Al respecto, se establece que quedarán exceptuados del cobro de horas extras solamente los Directores y Gerentes.
Recordamos que el inciso sustituido, establecía como excepción empleos de dirección o de vigilancia, lo cual daba lugar a discrepancias doctrinarias y a diferentes criterios jurisprudenciales.