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19/09/2010

CABEZAL (encabezado de páginas)

13/03/2018

Igualdad de género en el trabajo

Igualdad de género en el trabajo

Se presentó un proyecto de ley que establece principios y derechos sobre la equidad de género en el ámbito laboral, a la vez que modifica la ley de contrato de trabajo e incorpora nuevas licencias especiales.
Entre los principales puntos de la iniciativa, se destacan:

Igualdad de género en el trabajo:

Se garantiza la equidad de género y la igualdad de oportunidades en todos los aspectos de la vida laboral, incorporándose a la ley de contrato de trabajo, donde se hace hincapié en la igualdad frente al salario, para efectuar trabajos fuera del establecimiento o teletrabajo, y ante tareas penosas, peligrosas o insalubres.

Códigos de conducta:

Se establecen diferentes medidas para que los empleadores y las entidades sindicales instituyan normas de conducta para garantizar el respeto a la igualdad de género en el interior de las organizaciones.

Licencias especiales:

* Licencia por nacimiento: se destaca el incremento de la licencia parental a 15 días corridos, contemplando también la adopción, pudiendo ampliarse 10 días más en caso de nacimiento o adopción múltiple.
El texto aclara que estos plazos se aplican también a la trabajadora que no haya gestado al hijo.
* Adopción: se incorpora una licencia de 2 días, con un máximo de 10 días por año, para realizar los trámites de adopción.
* Unión convivencial: se asimila la unión convivencial con el matrimonio, como supuesto de licencia, en consonancia con lo dispuesto en el Código Civil y Comercial. Similar adecuación se efectúa para el caso del fallecimiento del conviviente.
* Reproducción asistida: se incorpora una licencia de 5 días al año para someterse a técnicas y procedimientos de reproducción médicamente asistida.
* Licencia sin goce de sueldo: se crea una licencia sin goce de sueldo de 30 días y se incluye una licencia por violencia de género de hasta 10 días corridos por año.

Jornada reducida para la madre:

Se prevé la posibilidad de que la trabajadora que se reintegra a su puesto laboral luego de la licencia por maternidad pueda optar por una jornada laboral con menor carga horaria, por un plazo no superior a 6 meses.

 

 

 

 

15/01/2020

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