01/01/2011
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ESTATUTOS, CONVENIOS Y ESCALAS. PETROLEROS PRIVADOS. PERSONAL JERÁRQUICO. REGIONES DE CUYO Y LA RIOJA, CCT 641/2011. ADICIONAL "TRASLADO TRANSITORIO". METODOLOGÍA DE CÁLCULO
Se declara homologado el Acuerdo celebrado en el marco del convenio colectivo de trabajo 641/2011. Por el citado Acuerdo se conviene una nueva metodología de cálculo para el pago del adicional "Traslado transitorio" establecido en el artículo 28 del citado texto convencional. En tal sentido, se dispone que el personal que se encuentra en situación de "Traslado transitorio" y realice sus funciones en dichas condiciones durante períodos que abarquen el mes completo, el cálculo del adicional deberá hacerse por la totalidad del mes, mientras que aquellos trabajadores que laboren en dicha situación por períodos menores al mes, el adicional se calculará en forma proporcional a los días efectivamente trabajados bajo esta condición. |