01/01/2011
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Jurisprudencia destacada. AFJP, imposiciones voluntarias
La Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social, en fecha 22/9/2010, en los autos: ??Franzini, Martín Ignacio c/Estado Nacional y otro s/amparos y sumarísimos?, ordenó a la ANSeS reintegrar al afiliado lo depositado en una cuenta de capitalización individual en concepto de imposiciones voluntarias, las cuales están reguladas en el artículo 56 de la ley 24241.