01/01/2011
INFORMACION EN CABEZAL
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Las mutuales son entidades constituidas libremente, sin fines de lucro, por personas inspiradas en la solidaridad, con el objeto de brindarse ayuda recíproca frente a riesgos eventuales, o de concurrir a su bienestar material y espiritual mediante una contribución periódica.
En ese contexto y teniendo en consideración los fines perseguidos por la mutual, se concluye que los servicios de asistencia médica prestados a sus asociados se encuentran exentos, pues están dentro de sus fines específicos. Sin embargo, no se arriba a la misma conclusión respecto de aquellos servicios prestados a particulares, pues no está dentro de sus fines el prestar los aludidos servicios a quienes no revistan el carácter de asociados, es decir, aquellos que pagan mensualmente sus cuotas para hacer uso de los servicios sociales.
"Sociedad Española de Beneficencia y Mutualidad - Hospital Español de Mendoza" - CNFed. Cont. Adm. - Sala IV - 14/9/2010