01/01/2011
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LEY DEL BOMBERO VOLUNTARIO. MODIFICACIÃ?N. PENDIENTE DE PUBLICACIÃ?N
El Senado de la Nación convirtió el 17/9/2014 en ley (L. 26987) un proyecto para modificar la ley nacional de bomberos voluntarios (L. 25054).
Dichas modificaciones incluyen, entre otras:
- Un incremento en el financiamiento de sus actividades.
- La creación de un Registro �nico de Bomberos de Argentina para recopilar y administrar información relacionada con los recursos humanos, materiales y servicios prestados.
- La creación de la Fundación Bomberos de Argentina, ente abocado a la generación de programas y acciones tendientes al bienestar de sus integrantes.
En materia laboral, destacamos las siguientes modificaciones:
- El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social establecerá las normas pertinentes a los efectos de reconocer al bombero voluntario, según sus cursos y especialidades, como habilitantes para desempeñar tareas especÃficas.
- La actividad del bombero voluntario deberá ser considerada por su empleador tanto público como privado como una carga pública, eximiendo al bombero voluntario de todo perjuicio económico, laboral o conceptual que se derivara de sus inasistencias o llegadas tarde a causa del cumplimiento del servicio. Las inasistencias por función pedagógica ante convocatoria de alguno de los sistemas de capacitación no podrán exceder los 10 dÃas por año calendario y deberán ser justificadas formalmente.