01/01/2011
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Las partes signatarias del convenio colectivo 335/1975, aplicable a la industria de la madera, han arribado a un nuevo acuerdo de recomposición salarial el 28 de abril de 2011.
Por el citado acuerdo las partes convienen otorgar un incremento salarial en forma acumulativa el que se abonará en forma escalonada conforme al siguiente cronograma:
- 10% se aplicará al período abril/julio de 2011 - no remunerativo hasta el vencimiento del período.
- 9,25% se aplicará al período agosto/noviembre de 2011 - no remunerativo hasta el vencimiento del período.
- 9% se aplicará desde el 1 de diciembre de 2011 hasta el 31 de marzo de 2012 - no remunerativo hasta el vencimiento del período.
El mencionado acuerdo ha sido presentado al Ministerio de Trabajo, encontrándose a la fecha pendiente de homologación.