01/01/2011
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Monotributo.
Compra de bienes y/o acreditaciones bancarias incompatibles con los ingresos brutos máximos admisibles para su categoría.
Exclusión de pleno derecho La Administración Federal de Ingresos Públicos establece que a partir del 11/5/2012 quedarán excluidos de pleno derecho del Régimen Simplificado los contribuyentes que adquieran bienes, realicen gastos de índole personal o registren depósitos bancarios por un importe igual o superior al monto de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual se encuentran encuadrados.
En este orden, los sujetos notificados de alguna de las causales de exclusión podrán, en el mismo acto o dentro de los 10 días posteriores, presentar formalmente el descargo indicando los fundamentos y elementos que lo avalen.