01/01/2011
INFORMACION EN CABEZAL
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TRABAJO Y PREVISIÃ?N SOCIAL. EMPLEO. PROVINCIA DEL NEUQUÃ?N. PROMOCIÃ?N Y DIFUSIÃ?N DEL TELETRABAJO. DISPOSICIONES
Se sanciona la ley de promoción y difusión del teletrabajo. Entre sus puntos relevantes mencionamos: - Se entiende por teletrabajo la realización de prestación de servicios, en las que el trabajo se realiza en lugares distintos al establecimiento del empleador, mediante la utilización de tecnologÃas de la información y de las comunicaciones. - El equipo informático deberá ser provisto por el empleador, quien tendrá a cargo las actualizaciones tecnológicas, reparaciones, ampliaciones o sustituciones de las herramientas de trabajo. |