01/01/2011
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El 80 por ciento de la citada asignación la percibirán los padres de los beneficiarios, en tanto el 20 por ciento restante lo cobrarán por caja de ahorro a nombre del titular en el Banco Nación y mediante tarjeta magnética sin ningún costo, acumulado en el mes de marzo, a cambio de un certificado de escolaridad del año anterior y del cumplimiento de los controles sanitarios y del plan de vacunación. La falta de acreditación producirá la pérdida del beneficio. La percepción de las prestaciones previstas en el presente decreto resultan incompatibles con el cobro de cualquier suma originada en Prestaciones Contributivas o No Contributivas Nacionales, Provinciales, Municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo las prestaciones de las leyes 24013 (Ley Nacional de Empleo), 24241 (Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones) y 24714 (Asignaciones Familiares).
Trabajo y Previsión Social. Asignación Universal por Hijo para Protección Social. Creación. Vigencia
Se instituye la Asignación Universal por hijo para Protección Social de $ 180 a partir del 1 de noviembre de 2009.