01/01/2011
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Las partes signatarias del convenio colectivo 588/2010, han arribado a un nuevo acuerdo de recomposición salarial el 10 de abril de 2011.
Por el citado acuerdo, las partes convienen otorgar un incremento salarial del 30% aplicable sobre las escalas salariales vigentes al 31/3/2011. Dicho incremento se abonará en forma no acumulativa y escalonada conforme al siguiente cronograma:
- 15% se aplicará a partir del 1 de abril de 2011
- 9% se aplicará a partir del 1 de julio de 2011
- 6% se aplicará a partir del 1 de enero de 2012
Asimismo, las partes acuerdan que a partir del 1/4/2011, los puestos de trabajo que hasta el 31/3/2011 se encuadraban en las categorías J, K y L, pasarán a encuadrarse en la categoría I percibiendo los trabajadores comprendidos los valores establecidos para esta última.
El mencionado acuerdo ha sido presentado al Ministerio de Trabajo, encontrándose a la fecha pendiente de homologación.