Art. 1 - Incorporar como artÃculo 255 bis de la ley 20744 (t.o. 1976), el siguiente texto:
Art. 255 bis: Plazo de Pago. El pago de las remuneraciones e indemnizaciones que correspondieren por la extinción del contrato de trabajo, cualquiera sea su causa, se efectuará dentro de los plazos previstos en el artÃculo 128 computados desde la fecha de extinción de la relación laboral.
Art. 2 - De forma.
" />
Fecha de Norma: 19/05/2010
BoletÃn Oficial: 26/05/2010
Organismo: Poder Legislativo
Jurisdicción: Nacional
Dictamen: 26593
Fecha: 19/05/2010
Sancionada: abril 28 de 2010.
Promulgada de Hecho: mayo 19 de 2010.
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:
PLAZO DE PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES
POR EXTINCIÃ?N
DE CONTRATO DE TRABAJO
Art. 1 - Incorporar como artÃculo 255 bis de la ley 20744 (t.o. 1976), el siguiente texto:
Art. 255 bis: Plazo de Pago. El pago de las remuneraciones e indemnizaciones que correspondieren por la extinción del contrato de trabajo, cualquiera sea su causa, se efectuará dentro de los plazos previstos en el artÃculo 128 computados desde la fecha de extinción de la relación laboral.
Art. 2 - De forma.
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Fecha de Norma: 19/05/2010
BoletÃn Oficial: 26/05/2010
Organismo: Poder Legislativo
Jurisdicción: Nacional
Dictamen: 26593
Fecha: 19/05/2010
Sancionada: abril 28 de 2010.
Promulgada de Hecho: mayo 19 de 2010.
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:
PLAZO DE PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES
POR EXTINCIÃ?N
DE CONTRATO DE TRABAJO
Art. 1 - Incorporar como artÃculo 255 bis de la ley 20744 (t.o. 1976), el siguiente texto:
Art. 255 bis: Plazo de Pago. El pago de las remuneraciones e indemnizaciones que correspondieren por la extinción del contrato de trabajo, cualquiera sea su causa, se efectuará dentro de los plazos previstos en el artÃculo 128 computados desde la fecha de extinción de la relación laboral.
Art. 2 - De forma.
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Fecha de Norma: 19/05/2010
BoletÃn Oficial: 26/05/2010
Organismo: Poder Legislativo
Jurisdicción: Nacional
Dictamen: 26593
Fecha: 19/05/2010
Sancionada: abril 28 de 2010.
Promulgada de Hecho: mayo 19 de 2010.
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:
PLAZO DE PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES
POR EXTINCIÃ?N
DE CONTRATO DE TRABAJO
Art. 1 - Incorporar como artÃculo 255 bis de la ley 20744 (t.o. 1976), el siguiente texto:
Art. 255 bis: Plazo de Pago. El pago de las remuneraciones e indemnizaciones que correspondieren por la extinción del contrato de trabajo, cualquiera sea su causa, se efectuará dentro de los plazos previstos en el artÃculo 128 computados desde la fecha de extinción de la relación laboral.
Art. 2 - De forma.
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Fecha de Norma: 19/05/2010
BoletÃn Oficial: 26/05/2010
Organismo: Poder Legislativo
Jurisdicción: Nacional
Dictamen: 26593
Fecha: 19/05/2010
Sancionada: abril 28 de 2010.
Promulgada de Hecho: mayo 19 de 2010.
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:
PLAZO DE PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES
POR EXTINCIÃ?N
DE CONTRATO DE TRABAJO
Art. 1 - Incorporar como artÃculo 255 bis de la ley 20744 (t.o. 1976), el siguiente texto:
Art. 255 bis: Plazo de Pago. El pago de las remuneraciones e indemnizaciones que correspondieren por la extinción del contrato de trabajo, cualquiera sea su causa, se efectuará dentro de los plazos previstos en el artÃculo 128 computados desde la fecha de extinción de la relación laboral.
Art. 2 - De forma.
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Fecha de Norma: 19/05/2010
BoletÃn Oficial: 26/05/2010
Organismo: Poder Legislativo
Jurisdicción: Nacional
Dictamen: 26593
Fecha: 19/05/2010
Sancionada: abril 28 de 2010.
Promulgada de Hecho: mayo 19 de 2010.
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:
PLAZO DE PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES
POR EXTINCIÃ?N
DE CONTRATO DE TRABAJO
Art. 1 - Incorporar como artÃculo 255 bis de la ley 20744 (t.o. 1976), el siguiente texto:
Art. 255 bis: Plazo de Pago. El pago de las remuneraciones e indemnizaciones que correspondieren por la extinción del contrato de trabajo, cualquiera sea su causa, se efectuará dentro de los plazos previstos en el artÃculo 128 computados desde la fecha de extinción de la relación laboral.
Fecha de Norma: 19/05/2010 BoletÃn Oficial: 26/05/2010 Organismo: Poder Legislativo Jurisdicción: Nacional Dictamen: 26593 Fecha: 19/05/2010 Sancionada: abril 28 de 2010. Promulgada de Hecho: mayo 19 de 2010. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: PLAZO DE PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES POR EXTINCIÃ?N DE CONTRATO DE TRABAJO Art. 1 - Incorporar como artÃculo 255 bis de la ley 20744 (t.o. 1976), el siguiente texto: Art. 255 bis: Plazo de Pago. El pago de las remuneraciones e indemnizaciones que correspondieren por la extinción del contrato de trabajo, cualquiera sea su causa, se efectuará dentro de los plazos previstos en el artÃculo 128 computados desde la fecha de extinción de la relación laboral. Art. 2 - De forma.
Novedades de legislación. Remuneraciones. Pago de las remuneraciones e indemnizaciones por extinción del contrato de trabajo. Plazo. LEY (Poder Legislativo) 26593