01/01/2011
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de embarazo se acredita con posterioridad al sexto mes cumplido, se abonarán las cuotas que resten desde la presentación del certificado referido hasta el nacimiento. Si el estado de embarazo se acredita con posterioridad al nacimiento, no corresponde el pago de la asignación prenatal." /> de embarazo se acredita con posterioridad al sexto mes cumplido, se abonarán las cuotas que resten desde la presentación del certificado referido hasta el nacimiento. Si el estado de embarazo se acredita con posterioridad al nacimiento, no corresponde el pago de la asignación prenatal." /> de embarazo se acredita con posterioridad al sexto mes cumplido, se abonarán las cuotas que resten desde la presentación del certificado referido hasta el nacimiento. Si el estado de embarazo se acredita con posterioridad al nacimiento, no corresponde el pago de la asignación prenatal." /> de embarazo se acredita con posterioridad al sexto mes cumplido, se abonarán las cuotas que resten desde la presentación del certificado referido hasta el nacimiento. Si el estado de embarazo se acredita con posterioridad al nacimiento, no corresponde el pago de la asignación prenatal." /> de embarazo se acredita con posterioridad al sexto mes cumplido, se abonarán las cuotas que resten desde la presentación del certificado referido hasta el nacimiento. Si el estado de embarazo se acredita con posterioridad al nacimiento, no corresponde el pago de la asignación prenatal." /> de embarazo se acredita con posterioridad al sexto mes cumplido, se abonarán las cuotas que resten desde la presentación del certificado referido hasta el nacimiento. Si el estado de embarazo se acredita con posterioridad al nacimiento, no corresponde el pago de la asignación prenatal." />
de embarazo se acredita con posterioridad al sexto mes cumplido, se abonarán las cuotas que resten desde la presentación del certificado referido hasta el nacimiento. Si el estado de embarazo se acredita con posterioridad al nacimiento, no corresponde el pago de la asignación prenatal.
¿Cuál es el plazo para acreditar el estado de embarazo y, de ese modo, acceder a la percepción íntegra de la asignación por prenatal?
Para la percepción íntegra de la asignación prenatal, el estado de embarazo deberá ser acreditado entre el tercero y el sexto mes cumplido de gestación, mediante la presentación del correspondiente certificado médico. Si el estado ...