01/01/2011
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Empleados de comercio, CCT 130/1975. Acuerdo junio de 2010. Asignación no remunerativa. Incremento a partir de setiembre
A partir del mes devengado setiembre 2010 se incrementa un 7% en forma acumulativa la asignación no remunerativa que perciben los trabajadores alcanzados por el CCT 130/1975.
Recordamos que mediante el acuerdo de la actividad mercantil celebrado el 16 de junio de 2010 y homologado por la resolución (ST) 782/2010 se acordó, fundamentalmente, un incremento salarial de carácter no remunerativo y acumulativo equivalente al 27%, a abonarse en forma escalonada a partir del mes de mayo (15%), setiembre (7%) y diciembre 2010 (5%), y a incorporarse paulatinamente a los salarios básicos del trabajador a partir del mes de julio de 2011.