01/01/2011
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Mediante los citados Acuerdos, se pacta la creación de dos nuevas ramas para el CCT 40/1989; por un lado, la rama de expreso, mudanzas y encomiendas, incorporándola como CapÃtulo 5.10, y la rama operaciones logÃsticas, almacenamiento y distribución, incorporándola como CapÃtulo 5.12, ambas con vigencia a partir del mes de noviembre de 2008.
Estatutos, Convenios y Escalas. Transporte de cargas, CCT 40/1989. Adecuaciones y recomposición salarial. Homologación. Vigencia. RESOLUCI�N (Sec. Trabajo) 1937/2008
Se declaran homologados los Acuerdos celebrados entre el Sindicato de Choferes de Camiones, Obreros y Empleados del Transporte de Cargas por Automotor, Servicios, LogÃstica y Distribución de la Ciudad Autónoma y Provincia de Buenos Aires, la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor de Cargas, LogÃstica y Servicios, y la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC).