01/01/2011
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SITUACIÓN DE LAS MODIFICACIONES QUE RESULTARÍAN APLICABLES PARA EL AÑO 2017
El Senado avanzó con la firma del dictamen para el proyecto de reforma del impuesto a las ganancias, que sería aplicable a partir del 1/1/2017.
A través del mismo, se habría logrado encontrar un punto intermedio de acuerdo entre los valores de las deducciones personales del proyecto elevado por el Poder Ejecutivo Nacional y el que fuera aprobado en la Cámara de Diputados, además de sumar otras deducciones.
En tal sentido, señalamos:
Se mantiene la deducción por cónyuge, y se elevan un 23% las deducciones personales con respecto a los valores aplicables para el año en curso;
Los hijos o hijastros serán deducibles en tanto sean menores de 18 años;
Se establecen nuevas deducciones en concepto de viáticos y alquileres de casa habitación;
Se establece una nueva forma de calcular la incidencia del SAC en la forma de determinar el impuesto;
Se establece un incremento adicional en las deducciones personales del 22% aplicable a los sujetos que se desempeñen en las zonas patagónicas.
En otro orden, señalamos que el presente proyecto también incluye incrementos en los parámetros del monotributo, un impuesto específico sobre la realización de apuestas y un impuesto indirecto sobre apuestas online, un impuesto extraordinario para operaciones con dólar futuro, y se crea la figura del responsable sustituto en el impuesto al valor agregado por operaciones en las que intervengan sujetos del exterior.