El titular de la AFIP confirmó también que no habrá modificaciones en la escala de Ganancias para los que ya tributan, pese a que no se modifica desde la presidencia de Fernando de la Rúa. Hoy existen seis escalas, con alícuotas que van del 9 al 35%. Según dijo, es responsabilidad del Congreso realizar cambios en la escala, y ya no del Poder Ejecutivo. Además, destacó que sólo el 0,50% de los trabajadores (46.246 personas) pagan la alícuota máxima de entre el 31 y el 35%, y subrayó que una tasa del 35% incluso no es alta cuando se la compara con la que aplican otros países. "Holanda tiene la tasa «máxima» que es del 52%", dijo Echegaray, quien despertó la sonrisa de los presentes, con su broma en alusión a la futura reina de los Países Bajos.

En principio, para el organismo recaudador, el incremento del mínimo no imponible implicará un esfuerzo fiscal de $ 8171 millones.

Por su parte, Bossio dijo que la suba en las jubilaciones implicará una inyección de $ 2560,7 millones por mes, lo que equivale a $ 33.288,9 millones al año. Asimismo, remarcó que el 57,2% de los adultos mayores vive en hogares con al menos dos jubilaciones o pensiones, con lo cual alcanzan un ingreso mínimo mensual para su subsistencia de $ 4312.

La suba de los haberes favorecerá a 7,2 millones de personas (5,9 jubilaciones y pensiones y 1,3 pensiones no contributivas).

Tres lecturas de una medida

El impacto de la suba del mínimo no imponible

 

 

Los efectos del cambio impositivo

Impacto en asalariados, autónomos y jubilados

-¿Quiénes quedan alcanzados por el impuesto?

-Los empleados o jubilados con un salario bruto mensual de $ 8360 o neto de $ 6939, en caso de ser solteros o no tener ninguna carga de familia deducible. En el caso de autónomos, los que tengan un ingreso anual de $ 31.104 ($ 2592 por mes) si son solteros

-¿Y si son casados?

-Para que el cónyuge pueda ser deducido debe tener un ingreso anual inferior a $ 15.552 netos. Si se tienen dos hijos a cargo (menores de 24 años), el piso salarial o de jubilaciones pasa a $ 9597,60 (bruto) o $ 6938 (neto). Para un autónomo, el piso anual queda en $ 65.664 ($ 5472 mensuales)

-¿Por qué la diferencia entre solteros y casados?

-La base sobre la que se aplica la alícuota de Ganancias se calcula descontando del ingreso neto dos conceptos básicos: la llamada "ganancia no imponible", que pasa a $ 15.552 anuales, y la "deducción especial", que sube a $ 74.649,60 por año. Si hay cónyuge a cargo, se deducen también $ 17.280 y por cada hijo, 8640. Es por eso que, al tener familiares a cargo, baja el monto sujeto al impuesto

-¿Y otras deducciones?

-Se eleva el monto máximo por personal doméstico, de $ 12.960 a $ 15.552 al año

-Los que dejen de pagar por el alza de la base imponible ¿podrían volver a tributar en el año?

-Sí. Y lo más probable es que eso ocurra. Si se dan subas nominales de salarios es muy posible que los ingresos vuelvan a quedar alcanzados por el impuesto sin que necesariamente recuperen poder adquisitivo. La suba de la base imponible, del 20%, está por debajo de las alzas que, según se estima y dadas las expectativas de inflación, tendrán los sueldos

-Si no se cambian las escalas de alícuotas, quienes ganan más que el nuevo mínimo no imponible, ¿no verán ningún efecto?

-La suba de la base imponible provoca un efecto de arrastre en todos los niveles salariales. Esto es así porque se eleva el monto que se descuenta del ingreso neto del trabajador. El resultado de esa resta determina cuál es la cifra sobre la que luego se calculará el impuesto

-¿Por qué se considera insuficiente la medida?

-Desde 2011, cuando se hizo el último cambio, la inflación fue de al menos 50%, según consultoras privadas. Muchos salarios siguieron de cerca ese ritmo de suba y eso provocó que, al no actualizarse las bases de cálculo, se ampliara la presión tributaria. La respuesta del Gobierno, al subir 20% la base imponible, está muy por debajo del ritmo inflacionario

-¿Desde cuándo rige el cambio anunciado?

-El impuesto a las ganancias es de cálculo anual, por eso el efecto será a partir de este mes. Sin embargo, como aún no se publicó el decreto, las empresas no podrán aplicarlo ya desde este mes, sino desde el próximo.

 

Fuente: Diario La Nación 

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El titular de la AFIP confirmó también que no habrá modificaciones en la escala de Ganancias para los que ya tributan, pese a que no se modifica desde la presidencia de Fernando de la Rúa. Hoy existen seis escalas, con alícuotas que van del 9 al 35%. Según dijo, es responsabilidad del Congreso realizar cambios en la escala, y ya no del Poder Ejecutivo. Además, destacó que sólo el 0,50% de los trabajadores (46.246 personas) pagan la alícuota máxima de entre el 31 y el 35%, y subrayó que una tasa del 35% incluso no es alta cuando se la compara con la que aplican otros países. "Holanda tiene la tasa «máxima» que es del 52%", dijo Echegaray, quien despertó la sonrisa de los presentes, con su broma en alusión a la futura reina de los Países Bajos.

En principio, para el organismo recaudador, el incremento del mínimo no imponible implicará un esfuerzo fiscal de $ 8171 millones.

Por su parte, Bossio dijo que la suba en las jubilaciones implicará una inyección de $ 2560,7 millones por mes, lo que equivale a $ 33.288,9 millones al año. Asimismo, remarcó que el 57,2% de los adultos mayores vive en hogares con al menos dos jubilaciones o pensiones, con lo cual alcanzan un ingreso mínimo mensual para su subsistencia de $ 4312.

La suba de los haberes favorecerá a 7,2 millones de personas (5,9 jubilaciones y pensiones y 1,3 pensiones no contributivas).

Tres lecturas de una medida

El impacto de la suba del mínimo no imponible

 

 

Los efectos del cambio impositivo

Impacto en asalariados, autónomos y jubilados

-¿Quiénes quedan alcanzados por el impuesto?

-Los empleados o jubilados con un salario bruto mensual de $ 8360 o neto de $ 6939, en caso de ser solteros o no tener ninguna carga de familia deducible. En el caso de autónomos, los que tengan un ingreso anual de $ 31.104 ($ 2592 por mes) si son solteros

-¿Y si son casados?

-Para que el cónyuge pueda ser deducido debe tener un ingreso anual inferior a $ 15.552 netos. Si se tienen dos hijos a cargo (menores de 24 años), el piso salarial o de jubilaciones pasa a $ 9597,60 (bruto) o $ 6938 (neto). Para un autónomo, el piso anual queda en $ 65.664 ($ 5472 mensuales)

-¿Por qué la diferencia entre solteros y casados?

-La base sobre la que se aplica la alícuota de Ganancias se calcula descontando del ingreso neto dos conceptos básicos: la llamada "ganancia no imponible", que pasa a $ 15.552 anuales, y la "deducción especial", que sube a $ 74.649,60 por año. Si hay cónyuge a cargo, se deducen también $ 17.280 y por cada hijo, 8640. Es por eso que, al tener familiares a cargo, baja el monto sujeto al impuesto

-¿Y otras deducciones?

-Se eleva el monto máximo por personal doméstico, de $ 12.960 a $ 15.552 al año

-Los que dejen de pagar por el alza de la base imponible ¿podrían volver a tributar en el año?

-Sí. Y lo más probable es que eso ocurra. Si se dan subas nominales de salarios es muy posible que los ingresos vuelvan a quedar alcanzados por el impuesto sin que necesariamente recuperen poder adquisitivo. La suba de la base imponible, del 20%, está por debajo de las alzas que, según se estima y dadas las expectativas de inflación, tendrán los sueldos

-Si no se cambian las escalas de alícuotas, quienes ganan más que el nuevo mínimo no imponible, ¿no verán ningún efecto?

-La suba de la base imponible provoca un efecto de arrastre en todos los niveles salariales. Esto es así porque se eleva el monto que se descuenta del ingreso neto del trabajador. El resultado de esa resta determina cuál es la cifra sobre la que luego se calculará el impuesto

-¿Por qué se considera insuficiente la medida?

-Desde 2011, cuando se hizo el último cambio, la inflación fue de al menos 50%, según consultoras privadas. Muchos salarios siguieron de cerca ese ritmo de suba y eso provocó que, al no actualizarse las bases de cálculo, se ampliara la presión tributaria. La respuesta del Gobierno, al subir 20% la base imponible, está muy por debajo del ritmo inflacionario

-¿Desde cuándo rige el cambio anunciado?

-El impuesto a las ganancias es de cálculo anual, por eso el efecto será a partir de este mes. Sin embargo, como aún no se publicó el decreto, las empresas no podrán aplicarlo ya desde este mes, sino desde el próximo.

 

Fuente: Diario La Nación 

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El titular de la AFIP confirmó también que no habrá modificaciones en la escala de Ganancias para los que ya tributan, pese a que no se modifica desde la presidencia de Fernando de la Rúa. Hoy existen seis escalas, con alícuotas que van del 9 al 35%. Según dijo, es responsabilidad del Congreso realizar cambios en la escala, y ya no del Poder Ejecutivo. Además, destacó que sólo el 0,50% de los trabajadores (46.246 personas) pagan la alícuota máxima de entre el 31 y el 35%, y subrayó que una tasa del 35% incluso no es alta cuando se la compara con la que aplican otros países. "Holanda tiene la tasa «máxima» que es del 52%", dijo Echegaray, quien despertó la sonrisa de los presentes, con su broma en alusión a la futura reina de los Países Bajos.

En principio, para el organismo recaudador, el incremento del mínimo no imponible implicará un esfuerzo fiscal de $ 8171 millones.

Por su parte, Bossio dijo que la suba en las jubilaciones implicará una inyección de $ 2560,7 millones por mes, lo que equivale a $ 33.288,9 millones al año. Asimismo, remarcó que el 57,2% de los adultos mayores vive en hogares con al menos dos jubilaciones o pensiones, con lo cual alcanzan un ingreso mínimo mensual para su subsistencia de $ 4312.

La suba de los haberes favorecerá a 7,2 millones de personas (5,9 jubilaciones y pensiones y 1,3 pensiones no contributivas).

Tres lecturas de una medida

El impacto de la suba del mínimo no imponible

 

 

Los efectos del cambio impositivo

Impacto en asalariados, autónomos y jubilados

-¿Quiénes quedan alcanzados por el impuesto?

-Los empleados o jubilados con un salario bruto mensual de $ 8360 o neto de $ 6939, en caso de ser solteros o no tener ninguna carga de familia deducible. En el caso de autónomos, los que tengan un ingreso anual de $ 31.104 ($ 2592 por mes) si son solteros

-¿Y si son casados?

-Para que el cónyuge pueda ser deducido debe tener un ingreso anual inferior a $ 15.552 netos. Si se tienen dos hijos a cargo (menores de 24 años), el piso salarial o de jubilaciones pasa a $ 9597,60 (bruto) o $ 6938 (neto). Para un autónomo, el piso anual queda en $ 65.664 ($ 5472 mensuales)

-¿Por qué la diferencia entre solteros y casados?

-La base sobre la que se aplica la alícuota de Ganancias se calcula descontando del ingreso neto dos conceptos básicos: la llamada "ganancia no imponible", que pasa a $ 15.552 anuales, y la "deducción especial", que sube a $ 74.649,60 por año. Si hay cónyuge a cargo, se deducen también $ 17.280 y por cada hijo, 8640. Es por eso que, al tener familiares a cargo, baja el monto sujeto al impuesto

-¿Y otras deducciones?

-Se eleva el monto máximo por personal doméstico, de $ 12.960 a $ 15.552 al año

-Los que dejen de pagar por el alza de la base imponible ¿podrían volver a tributar en el año?

-Sí. Y lo más probable es que eso ocurra. Si se dan subas nominales de salarios es muy posible que los ingresos vuelvan a quedar alcanzados por el impuesto sin que necesariamente recuperen poder adquisitivo. La suba de la base imponible, del 20%, está por debajo de las alzas que, según se estima y dadas las expectativas de inflación, tendrán los sueldos

-Si no se cambian las escalas de alícuotas, quienes ganan más que el nuevo mínimo no imponible, ¿no verán ningún efecto?

-La suba de la base imponible provoca un efecto de arrastre en todos los niveles salariales. Esto es así porque se eleva el monto que se descuenta del ingreso neto del trabajador. El resultado de esa resta determina cuál es la cifra sobre la que luego se calculará el impuesto

-¿Por qué se considera insuficiente la medida?

-Desde 2011, cuando se hizo el último cambio, la inflación fue de al menos 50%, según consultoras privadas. Muchos salarios siguieron de cerca ese ritmo de suba y eso provocó que, al no actualizarse las bases de cálculo, se ampliara la presión tributaria. La respuesta del Gobierno, al subir 20% la base imponible, está muy por debajo del ritmo inflacionario

-¿Desde cuándo rige el cambio anunciado?

-El impuesto a las ganancias es de cálculo anual, por eso el efecto será a partir de este mes. Sin embargo, como aún no se publicó el decreto, las empresas no podrán aplicarlo ya desde este mes, sino desde el próximo.

 

Fuente: Diario La Nación 

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El titular de la AFIP confirmó también que no habrá modificaciones en la escala de Ganancias para los que ya tributan, pese a que no se modifica desde la presidencia de Fernando de la Rúa. Hoy existen seis escalas, con alícuotas que van del 9 al 35%. Según dijo, es responsabilidad del Congreso realizar cambios en la escala, y ya no del Poder Ejecutivo. Además, destacó que sólo el 0,50% de los trabajadores (46.246 personas) pagan la alícuota máxima de entre el 31 y el 35%, y subrayó que una tasa del 35% incluso no es alta cuando se la compara con la que aplican otros países. "Holanda tiene la tasa «máxima» que es del 52%", dijo Echegaray, quien despertó la sonrisa de los presentes, con su broma en alusión a la futura reina de los Países Bajos.

En principio, para el organismo recaudador, el incremento del mínimo no imponible implicará un esfuerzo fiscal de $ 8171 millones.

Por su parte, Bossio dijo que la suba en las jubilaciones implicará una inyección de $ 2560,7 millones por mes, lo que equivale a $ 33.288,9 millones al año. Asimismo, remarcó que el 57,2% de los adultos mayores vive en hogares con al menos dos jubilaciones o pensiones, con lo cual alcanzan un ingreso mínimo mensual para su subsistencia de $ 4312.

La suba de los haberes favorecerá a 7,2 millones de personas (5,9 jubilaciones y pensiones y 1,3 pensiones no contributivas).

Tres lecturas de una medida

El impacto de la suba del mínimo no imponible

 

 

Los efectos del cambio impositivo

Impacto en asalariados, autónomos y jubilados

-¿Quiénes quedan alcanzados por el impuesto?

-Los empleados o jubilados con un salario bruto mensual de $ 8360 o neto de $ 6939, en caso de ser solteros o no tener ninguna carga de familia deducible. En el caso de autónomos, los que tengan un ingreso anual de $ 31.104 ($ 2592 por mes) si son solteros

-¿Y si son casados?

-Para que el cónyuge pueda ser deducido debe tener un ingreso anual inferior a $ 15.552 netos. Si se tienen dos hijos a cargo (menores de 24 años), el piso salarial o de jubilaciones pasa a $ 9597,60 (bruto) o $ 6938 (neto). Para un autónomo, el piso anual queda en $ 65.664 ($ 5472 mensuales)

-¿Por qué la diferencia entre solteros y casados?

-La base sobre la que se aplica la alícuota de Ganancias se calcula descontando del ingreso neto dos conceptos básicos: la llamada "ganancia no imponible", que pasa a $ 15.552 anuales, y la "deducción especial", que sube a $ 74.649,60 por año. Si hay cónyuge a cargo, se deducen también $ 17.280 y por cada hijo, 8640. Es por eso que, al tener familiares a cargo, baja el monto sujeto al impuesto

-¿Y otras deducciones?

-Se eleva el monto máximo por personal doméstico, de $ 12.960 a $ 15.552 al año

-Los que dejen de pagar por el alza de la base imponible ¿podrían volver a tributar en el año?

-Sí. Y lo más probable es que eso ocurra. Si se dan subas nominales de salarios es muy posible que los ingresos vuelvan a quedar alcanzados por el impuesto sin que necesariamente recuperen poder adquisitivo. La suba de la base imponible, del 20%, está por debajo de las alzas que, según se estima y dadas las expectativas de inflación, tendrán los sueldos

-Si no se cambian las escalas de alícuotas, quienes ganan más que el nuevo mínimo no imponible, ¿no verán ningún efecto?

-La suba de la base imponible provoca un efecto de arrastre en todos los niveles salariales. Esto es así porque se eleva el monto que se descuenta del ingreso neto del trabajador. El resultado de esa resta determina cuál es la cifra sobre la que luego se calculará el impuesto

-¿Por qué se considera insuficiente la medida?

-Desde 2011, cuando se hizo el último cambio, la inflación fue de al menos 50%, según consultoras privadas. Muchos salarios siguieron de cerca ese ritmo de suba y eso provocó que, al no actualizarse las bases de cálculo, se ampliara la presión tributaria. La respuesta del Gobierno, al subir 20% la base imponible, está muy por debajo del ritmo inflacionario

-¿Desde cuándo rige el cambio anunciado?

-El impuesto a las ganancias es de cálculo anual, por eso el efecto será a partir de este mes. Sin embargo, como aún no se publicó el decreto, las empresas no podrán aplicarlo ya desde este mes, sino desde el próximo.

 

Fuente: Diario La Nación 

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El titular de la AFIP confirmó también que no habrá modificaciones en la escala de Ganancias para los que ya tributan, pese a que no se modifica desde la presidencia de Fernando de la Rúa. Hoy existen seis escalas, con alícuotas que van del 9 al 35%. Según dijo, es responsabilidad del Congreso realizar cambios en la escala, y ya no del Poder Ejecutivo. Además, destacó que sólo el 0,50% de los trabajadores (46.246 personas) pagan la alícuota máxima de entre el 31 y el 35%, y subrayó que una tasa del 35% incluso no es alta cuando se la compara con la que aplican otros países. "Holanda tiene la tasa «máxima» que es del 52%", dijo Echegaray, quien despertó la sonrisa de los presentes, con su broma en alusión a la futura reina de los Países Bajos.

En principio, para el organismo recaudador, el incremento del mínimo no imponible implicará un esfuerzo fiscal de $ 8171 millones.

Por su parte, Bossio dijo que la suba en las jubilaciones implicará una inyección de $ 2560,7 millones por mes, lo que equivale a $ 33.288,9 millones al año. Asimismo, remarcó que el 57,2% de los adultos mayores vive en hogares con al menos dos jubilaciones o pensiones, con lo cual alcanzan un ingreso mínimo mensual para su subsistencia de $ 4312.

La suba de los haberes favorecerá a 7,2 millones de personas (5,9 jubilaciones y pensiones y 1,3 pensiones no contributivas).

Tres lecturas de una medida

El impacto de la suba del mínimo no imponible

 

 

Los efectos del cambio impositivo

Impacto en asalariados, autónomos y jubilados

-¿Quiénes quedan alcanzados por el impuesto?

-Los empleados o jubilados con un salario bruto mensual de $ 8360 o neto de $ 6939, en caso de ser solteros o no tener ninguna carga de familia deducible. En el caso de autónomos, los que tengan un ingreso anual de $ 31.104 ($ 2592 por mes) si son solteros

-¿Y si son casados?

-Para que el cónyuge pueda ser deducido debe tener un ingreso anual inferior a $ 15.552 netos. Si se tienen dos hijos a cargo (menores de 24 años), el piso salarial o de jubilaciones pasa a $ 9597,60 (bruto) o $ 6938 (neto). Para un autónomo, el piso anual queda en $ 65.664 ($ 5472 mensuales)

-¿Por qué la diferencia entre solteros y casados?

-La base sobre la que se aplica la alícuota de Ganancias se calcula descontando del ingreso neto dos conceptos básicos: la llamada "ganancia no imponible", que pasa a $ 15.552 anuales, y la "deducción especial", que sube a $ 74.649,60 por año. Si hay cónyuge a cargo, se deducen también $ 17.280 y por cada hijo, 8640. Es por eso que, al tener familiares a cargo, baja el monto sujeto al impuesto

-¿Y otras deducciones?

-Se eleva el monto máximo por personal doméstico, de $ 12.960 a $ 15.552 al año

-Los que dejen de pagar por el alza de la base imponible ¿podrían volver a tributar en el año?

-Sí. Y lo más probable es que eso ocurra. Si se dan subas nominales de salarios es muy posible que los ingresos vuelvan a quedar alcanzados por el impuesto sin que necesariamente recuperen poder adquisitivo. La suba de la base imponible, del 20%, está por debajo de las alzas que, según se estima y dadas las expectativas de inflación, tendrán los sueldos

-Si no se cambian las escalas de alícuotas, quienes ganan más que el nuevo mínimo no imponible, ¿no verán ningún efecto?

-La suba de la base imponible provoca un efecto de arrastre en todos los niveles salariales. Esto es así porque se eleva el monto que se descuenta del ingreso neto del trabajador. El resultado de esa resta determina cuál es la cifra sobre la que luego se calculará el impuesto

-¿Por qué se considera insuficiente la medida?

-Desde 2011, cuando se hizo el último cambio, la inflación fue de al menos 50%, según consultoras privadas. Muchos salarios siguieron de cerca ese ritmo de suba y eso provocó que, al no actualizarse las bases de cálculo, se ampliara la presión tributaria. La respuesta del Gobierno, al subir 20% la base imponible, está muy por debajo del ritmo inflacionario

-¿Desde cuándo rige el cambio anunciado?

-El impuesto a las ganancias es de cálculo anual, por eso el efecto será a partir de este mes. Sin embargo, como aún no se publicó el decreto, las empresas no podrán aplicarlo ya desde este mes, sino desde el próximo.

 

Fuente: Diario La Nación 

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En principio, para el organismo recaudador, el incremento del mínimo no imponible implicará un esfuerzo fiscal de $ 8171 millones.

Por su parte, Bossio dijo que la suba en las jubilaciones implicará una inyección de $ 2560,7 millones por mes, lo que equivale a $ 33.288,9 millones al año. Asimismo, remarcó que el 57,2% de los adultos mayores vive en hogares con al menos dos jubilaciones o pensiones, con lo cual alcanzan un ingreso mínimo mensual para su subsistencia de $ 4312.

La suba de los haberes favorecerá a 7,2 millones de personas (5,9 jubilaciones y pensiones y 1,3 pensiones no contributivas).

Tres lecturas de una medida

El impacto de la suba del mínimo no imponible

 

 

Los efectos del cambio impositivo

Impacto en asalariados, autónomos y jubilados

-¿Quiénes quedan alcanzados por el impuesto?

-Los empleados o jubilados con un salario bruto mensual de $ 8360 o neto de $ 6939, en caso de ser solteros o no tener ninguna carga de familia deducible. En el caso de autónomos, los que tengan un ingreso anual de $ 31.104 ($ 2592 por mes) si son solteros

-¿Y si son casados?

-Para que el cónyuge pueda ser deducido debe tener un ingreso anual inferior a $ 15.552 netos. Si se tienen dos hijos a cargo (menores de 24 años), el piso salarial o de jubilaciones pasa a $ 9597,60 (bruto) o $ 6938 (neto). Para un autónomo, el piso anual queda en $ 65.664 ($ 5472 mensuales)

-¿Por qué la diferencia entre solteros y casados?

-La base sobre la que se aplica la alícuota de Ganancias se calcula descontando del ingreso neto dos conceptos básicos: la llamada "ganancia no imponible", que pasa a $ 15.552 anuales, y la "deducción especial", que sube a $ 74.649,60 por año. Si hay cónyuge a cargo, se deducen también $ 17.280 y por cada hijo, 8640. Es por eso que, al tener familiares a cargo, baja el monto sujeto al impuesto

-¿Y otras deducciones?

-Se eleva el monto máximo por personal doméstico, de $ 12.960 a $ 15.552 al año

-Los que dejen de pagar por el alza de la base imponible ¿podrían volver a tributar en el año?

-Sí. Y lo más probable es que eso ocurra. Si se dan subas nominales de salarios es muy posible que los ingresos vuelvan a quedar alcanzados por el impuesto sin que necesariamente recuperen poder adquisitivo. La suba de la base imponible, del 20%, está por debajo de las alzas que, según se estima y dadas las expectativas de inflación, tendrán los sueldos

-Si no se cambian las escalas de alícuotas, quienes ganan más que el nuevo mínimo no imponible, ¿no verán ningún efecto?

-La suba de la base imponible provoca un efecto de arrastre en todos los niveles salariales. Esto es así porque se eleva el monto que se descuenta del ingreso neto del trabajador. El resultado de esa resta determina cuál es la cifra sobre la que luego se calculará el impuesto

-¿Por qué se considera insuficiente la medida?

-Desde 2011, cuando se hizo el último cambio, la inflación fue de al menos 50%, según consultoras privadas. Muchos salarios siguieron de cerca ese ritmo de suba y eso provocó que, al no actualizarse las bases de cálculo, se ampliara la presión tributaria. La respuesta del Gobierno, al subir 20% la base imponible, está muy por debajo del ritmo inflacionario

-¿Desde cuándo rige el cambio anunciado?

-El impuesto a las ganancias es de cálculo anual, por eso el efecto será a partir de este mes. Sin embargo, como aún no se publicó el decreto, las empresas no podrán aplicarlo ya desde este mes, sino desde el próximo.

 

Fuente: Diario La Nación 

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