01/01/2011
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VARIACION DEL MINIMO VITAL Y MOVIL DESDE JUNIO 2016 A ENERO 2017
Se fija el salario mínimo, vital y móvil para todos los trabajadores comprendidos en la ley de contrato de trabajo (t.o. 1976), los de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el Estado Nacional actúe como empleador, excluidas las asignaciones familiares, de acuerdo con la siguiente escala:
a) A partir del 1/6/2016, en $ 6.810 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y en $ 34,05 por hora para los trabajadores jornalizados.
b) A partir del 1/9/2016, en $ 7.560 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y en $ 37,80 por hora para los trabajadores jornalizados.
c) A partir del 1/1/2017, en $ 8.060 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y en $ 40,30 por hora para los trabajadores jornalizados.
Asimismo, se incrementan los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo, conforme a lo normado por el artículo 135, inciso b), de la ley 24013 y sus modificatorias, en las sumas de $ 1.875 y $ 3.000, respectivamente.