01/01/2011
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YACIMIENTOS PETROLÍFEROS Y GASÍFEROS, CCT 545/2008. ASIG. NO REMUNERATIVA DE JULIO A NOVIEMBRE DE 2015. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/12/2015 Y 1/1/2016
Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 545/2008 han arribado a un nuevo Acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación.
Bajo dicho Acuerdo se conviene el pago de una suma no remunerativa y extraordinaria, equivalente al 13%, cuyo monto mensual resultante no podrá ser inferior a $ 6.000, a abonarse conjuntamente con los haberes de julio a noviembre de 2015, ambos inclusive.
Asimismo, se conviene un incremento salarial equivalente al 27,8% a efectivizarse en dos etapas:
- 22% a partir de diciembre de 2015; y
- 5,8% a partir de enero de 2016.